- El magistrado que juzgó al acusado dice en la sentencia que ha creído al imputado, que “siempre ha dicho que las plantas eran suyas”
L.P.M. . PAMPLONA
Un hombre de 37 años ha sido absuelto del delito contra la salud pública que se le imputaba al considerar un juez que las 64 plantas de marihuana que le intervino la Guardia Civil en Zubiri eran para el autoconsumo. El acusado “es consumidor de cannabis desde hace muchos años (15 gramos diarios)”, dice el fallo judicial. La Fiscalía había solicitado 18 meses de prisión y multa de 7.500 euros.
En la sentencia absolutoria, el magistrado del Juzgado de lo Penal número 1 de Pamplona explica que él no se caracteriza por su tolerancia frente al delito contra la salud pública. “Pero lo cierto es que, en este caso, creo que no existe prueba suficiente para considerar que la droga intervenida al acusado fuera destinada por éste a otra cosa distinta que su propio consumo”. Añade que no tener las plantaciones de marihuana a la vista no es un indicio contra el acusado, como fundamentó la Fiscalía, “porque plantar marihuana es ilícito”. “Es el motivo por el cual se procede a plantar en un sitio donde las plantas no sean fácilmente localizables. Otro motivo, que nadie venga y te quite las plantas que has estado cultivando”. Para el juez, “sería más preocupante que se realice una plantación de marihuana a la vista de cualquier que pudiera pasar por allá, que pase un niño, coja la plantación, se haga un canuto y se lo fume”.
El juez apunta que el indicio más importante contra el acusado es la cantidad de sustancia intervenida, “ciertamente importante”. “Pero sinceramente, he creído lo que ha dicho el acusado porque ha explicado desde el principio que eran unas plantas suyas y que es consumidor desde hace largo tiempo. No ha intentado eludir su responsabilidad en ningún momento”.
Fuente y articulo completo en Diario de Navarra. Absuelto…
